Bases del Concurso
Los recursos obtenidos de este sorteo, serán destinados a mejorar los programas especiales de Atención Integral que permitan la accesibilidad de los niños, niñas y adolescentes con Parálisis Cerebral a su educación y Rehabilitación.
Distribución: Los boletos se podrán obtener a partir del 28 de julio de 2018 por las vías siguientes: a) Distribución vía mensajería a los relacionados o colaboradores de la Institución; b) Adquisición a través de las oficinas de la Fundación Nido para Ángeles, al igual que en el 1er primer nivel de Ágora Mall; c) A través de voluntarios autorizados de la Fundación debidamente identificados; y, d) En establecimientos comerciales que colaboran con la Fundación.
Descripción de las boletas: Cada boleta tendrá el sello de la Fundación Nido para Ángeles en el reverso conjuntamente con la información de nuestra página web para que puedan acceder y conocer las bases del concurso.
Costo: Cada boleto tendrá un costo de quinientos pesos (RD$500.00).
Participantes: Los boletos están a la venta para todo el público incluyendo a los empleados de la Fundación.
1.- Procedimiento.
- El sorteo se realizará en vivo en el primer nivel de Ágora Mall, el 17 de octubre 2018, siempre y cuando estén vendidos los boletos. El mismo se realizará en presencia de un abogado notario y en compañía de Directivos de la Fundación Nido para Ángeles. La fecha se hace pública a través de los boletos, así como en afiches, cartas y anuncios de radio que conforman la promoción del sorteo.
- Solo participan los boletos efectivamente vendidos. Los boletos devueltos sin pagar y los declarados como extraviados serán excluidos del sorteo.
- El número ganador (coletilla de los concursantes) será extraído de una tómbola transparente, en presencia de un abogado notario y de la comisión que representará a la Fundación Nido para Ángeles.
- El abogado notario es la única persona que durante la realización del concurso tiene derecho de anunciar los números del boleto ganador y el nombre completo del (la) ganador (a).
- El (la) ganador (a) será contactado por la Fundación dentro de los cinco (5) días laborables siguientes a la fecha del sorteo, vía telefónica y/o correo electrónico
- El o los boleto(s) ganador(es) vencen a los 30 días, después de haberse realizado el sorteo, por lo tanto la Institución ofrece un período de 30 días para reclamar el premio, a partir del contacto formal con el ganador (a). Durante este tiempo el premio debe ser retirado por el (la) ganador (a).
[box] En caso de no haber ganador (a) del premio por pérdida del boleto, se sorteará nuevamente el premio después de haberse cumplido el período de reclamación (30 días), en el mismo lugar (Agora Mall). Los que hayan adquirido sus boletos deben conservarlos pues con éstos participarán nuevamente. En el transcurso de este tiempo, la institución seguirá vendiendo los boletos que pudieran quedar en existencia. La nueva fecha del concurso será publicada en un periódico de circulación nacional.[/box]
2.- Observaciones
7. La institución se reserva el derecho de modificar la fecha del sorteo hasta agotar las boletas en venta. En caso de que sea necesaria la modificación de la fecha del sorteo, la misma será comunicada a la población a través de diferentes medios de comunicación (prensa escrita y/o televisión) y notificada por escrito a la Dirección Ejecutiva de Proconsumidor.
8. La Fundación no se responsabiliza por los daños derivados del uso inadecuado o incorrecto del premio, luego de haber sido entregado en perfectas condiciones al (la) ganador (a).
9. El (la) ganador (a) recibirá la garantía que ofrece la casa automotriz para ese vehículo (modelo y año).
10. El (la) ganador (a) será el (la) responsable de suscribir la póliza del seguro de vehículo para el bien objeto del sorteo. Igualmente, el (la) ganador (a) será el (la) responsable de cubrir los gastos relativos al traspaso del vehículo a su nombre, debiendo comprometerse a realizar los trámites de lugar.
11.El vehículo objeto de sorteo será entregado tan pronto se compruebe la realización efectiva del pago del impuesto correspondiente y el traspaso del bien a su nombre.
3.- Requisitos para retirar el premio
12. El (la) ganador (a) deberá presentarse personalmente a las oficinas de la Fundación para reclamar el premio, con los siguientes documentos: a) el boleto ganador; b) cédula de identidad y electoral; c) carta de reclamo del premio firmada por el (la) ganador (a).
13. El (la) beneficiario (a) o ganador (a) del premio deberá realizar el pago del impuesto correspondiente por ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) o cualquier otra institución que corresponda, de conformidad con lo que establece el artículo 309, párrafo I, literal c) del Código Tributario.
14. La institución publicará a través de sus redes sociales los resultados del sorteo, pudiendo incluir en sus publicaciones imágenes del ganador (a), así como su nombre completo.
15. En caso de que resulte ganadora del sorteo una compañía, deberá reclamar el premio un representante legal con capacidad y autorización para representar a la compañía en la reclamación del premio. Deberá aportar para ello los siguientes documentos: a) el boleto ganador; b) certificación del Registro Nacional del Contribuyente (RNC); c) carta de reclamo del premio firmada por el (la) representante autorizada de la compañía, debidamente sellada con el sello de la compañía.
Registrado por Pro Consumidor bajo el No. CRS-0282/2018.
Bases sorteo Nissan Kicks 2018